La JB a través de esta nueva resolución JB-2012-2151 reformó las tarifas máximas aprobadas en la resolución JB-2012-2138 del 27 de marzo del año en curso, eliminándose los cobros de los servicios antes mencionados.
La normativa considera que los estados de cuenta constituyen información esencial cuyo acceso debe garantizarse a sus titulares para el manejo de cualquier producto bancario y, consecuentemente su emisión y entrega, por cualquier medio, deben ser gratuitos.
En cuanto a la afiliación y renovación de tarjetas de crédito señala: “que no deben considerarse servicios financieros ni deben significar ingresos para los prestadores de aquellos servicios, toda vez que no constituyen el negocio financiero, el cual más bien está dado en el crédito al que se accede gracias al uso de tales tarjetas”; por lo tanto no deben cargarse al usuario financiero; además, por la afectación económica y social que aquello ha implicado en perjuicio de los usuarios.
La Superintendencia de Bancos y Seguros controlará la observancia de las tarifas máximas establecidas en esta resolución, y aplicará, de ser el caso, las sanciones que correspondan, sin perjuicio de exigir la restitución de los valores indebidamente cobrados.
La presente norma entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, fecha desde la cual las instituciones del sistema financiero se abstendrán de cobrar al usuario valor alguno por los servicios anotados.
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